Comité De Derechos Humanos: órgano de las Naciones Unidas creado en virtud de tratados

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es un órgano convencional formado por expertos independientes que vigila el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por los Estados que lo han ratificado.

Normalmente se reúne en tres periodos de sesiones al año, en Ginebra o Nueva York. El Comité es uno de los siete organismos instituidos por tratados sobre derechos humanos promovidos por la Organización de las Naciones Unidas.

Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias
El Palais Wilson, antiguo asiento de la Sociedad de las Naciones, es hoy de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y lugar habitual de sesiones del Comité de Derechos Humanos.
Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias
El Palacio de las Naciones, sede de la ONU en Ginebra y uno de los lugares donde se reúne el Comité de Derechos Humanos.

El Comité de Derechos Humanos no debe confundirse con la Comisión de Derechos Humanos, un organismo que ya no existe y que derivaba de la Carta de las Naciones Unidas, ni tampoco con el Consejo de Derechos Humanos que sustituyó a la Comisión. Mientras que la Comisión y el Consejo de Derechos Humanos constituyen foros políticos donde los Estados debaten todo tipo de asuntos relacionados con los derechos humanos, el Comité es un organismo formado por expertos, y su competencia está limitada por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Funciones

Para asegurar el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comité realiza tres tipos de tareas. Redacta "observaciones generales", en las que recoge su interpretación del Pacto; examina los informes que cada cuatro años envían los Estados que han ratificado el Pacto y en el que explican las medidas adoptadas para hacer efectivos los derechos reconocidos; finalmente, conoce de casos concretos, bien denunciados por otros Estados parte, bien por personas que se consideren víctimas por la violación de su derecho.

Sistema de informes periódicos

Todos los Estados que han ratificado el Pacto deben presentar ante el Comité informes periódicos a través de los que este controla el cumplimiento por los Estados de sus obligaciones. Las observaciones generales número 1 y 2 detallan de qué forma debe darse cumplimiento a esta obligación.

La presentación de informes es obligatoria. Los Estados deben presentar un informe inicial antes de un año tras su adhesión al Pacto. Luego deberán presentar un nuevo informe cada cuatro años, aproximadamente, o antes si así lo solicita el Comité. En los mismos debe aportarse información concreta y detallada sobre las siguientes materias:

  • Medidas adoptadas para garantizar la efectividad de los derechos recogidos en el Pacto.
  • Información sobre las reservas y declaraciones interpretativas formuladas en relación con el Pacto, y las razones de su mantenimiento.
  • Explicación del carácter y alcance de las limitaciones establecidas a los derechos. Si se ha hecho uso de la facultad de suspensión, debe informarse sobre todas las circunstancias relacionadas.
  • Exposición, en su caso, de las circunstancias que dificulten la aplicación del Pacto y medidas adoptadas para superarlas.

El Comité examina cada informe en sesión pública, en la que se desarrolla un diálogo entre el organismo internacional y los representantes del Estado, que suelen ser personas que ocupan puestos importantes de la Administración Pública. El Comité puede realizar las preguntas que estime pertienentes y solicitar información adicional. Tras este diálogo, el Comité elabora unas "observaciones finales" en las que hace constar los aspectos positivos y negativos que encuentra y formula una serie de recomendaciones al Estado.

Observaciones generales

Las observaciones generales son comentarios que recogen la interpretación autorizada que el Comité de Derechos Humanos realiza del Pacto. Una interpretación autorizada no es vinculante, como sí lo es la interpretación auténtica: no obstante, los Estados suelen acatar las interpretaciones del Comité.

Las observaciones generales pueden tratar sobre un derecho en concreto, desarrollando su contenido, o sobre cuestiones de procedimiento o de cualquier otra índole. El Comité publicó treinta y cinco observaciones generales hasta 2014.

Reclamaciones interestatales

En virtud del artículo 41 del Pacto, cualquier Estado parte puede denunciar un incumplimiento del Pacto por parte de otro. El sistema es facultativo y recíproco, ya que para realizar una reclamación es necesario que tanto el Estado denunciado como el denunciante hayan aceptado la competencia del Comité en este sentido.

El procedimiento que se instituye es de conciliación. La intervención del Comité sólo se producirá si tras seis meses no se alcanza un acuerdo por parte de los Estados: en tales circunstancias, ofrecerá sus buenos oficios "a fin de llegar a una solución amistosa del asunto", según el Pacto.

El procedimiento de reclamaciones interestatales no ha sido jamás empleado en el marco del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Quejas individuales

Se trata de un mecanismo facultativo y cuasi-contencioso por el que se pueden tratar denuncias de violaciones concretas de derechos humanos recogidos en el Pacto, de manera mucho más limitada que en los sistemas regionales desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pues en estos dos casos sí se trata de auténticos tribunales internacionales. Aquellos Estados que han ratificado el Primer Protocolo Facultativo​ han consentido permitir a las personas bajo su jurisdicción solicitar del Comité una opinión sobre estas posibles violaciones. El Primer Protocolo Facultativo entró en vigor el 23 de marzo de 1976.

El Segundo Protocolo Facultativo, en vigor desde el 11 de julio de 1991, destinado a abolir la pena de muerte, ha sido ratificado por cincuenta y nueve Estados.​ Si un Estado vinculado por el Primer Protocolo se adhiere al Segundo, la competencia del Comité se extiende a las disposiciones de este, salvo que el Estado haga una declaración expresa excluyéndola.

El procedimiento de quejas individuales está dividido en dos fases, una sobre admisibilidad y otra sobre fondo. El Comité decide sobre admisibilidad (lo que implica que su decisión es vinculante) pero solo opina sobre el fondo del asunto. La opinión, en principio, no es vinculante; pero el Comité ha realizado una interpretación del Pacto por la que entiende que los Estados están obligados a seguir sus recomendaciones para la reparación de los abusos producidos.[cita requerida]

Composición

Los miembros del Comité de Derechos Humanos deben ser "personas de gran integridad moral, con reconocida competencia en materia de derechos humanos". Son elegidos por los Estados, pero ejercen sus funciones a título personal, no como representantes de sus países. Se eligen cada cuatro años y pueden ser reelegidos. Cada dos años se renueva la mitad del Comité.​

Actualmente, el Comité está compuesto por las 18 siguientes personas:

Nombre Estado
Tania María Abdo Rocholl (Vicepresidenta) Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Paraguay
Yadh Ben Achour Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Túnez
Ilze Brands Kehris (Relatora) Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Letonia
Christopher Arif Bulkan Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Guyana
Ahmed Amin Fathalla (Presidente) Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Egipto
Shuichi Furuya Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Japón
Christof Heyns Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Sudáfrica
Hernán Quezada Cabrera Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Chile
Bamariam Koita Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Mauritania
Marcia. V. J. Kran Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Canadá
Duncan Laki Muhumuza Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Uganda
Photini Pazartzis (Vicepresidenta) Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Grecia
Vasilka Sancin Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Eslovenia
José Manuel Santos Pais Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Portugal
Yuval Shany (Vicepresidente) Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Israel
Hélène Tigroudja Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Francia
Andreas B. Zimmermann Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Alemania
Gentian Zyberi Comité De Derechos Humanos: Funciones, Composición, Referencias  Albania

Referencias

Véase también

Notas

Enlaces externos

Tags:

Comité De Derechos Humanos FuncionesComité De Derechos Humanos ComposiciónComité De Derechos Humanos ReferenciasComité De Derechos Humanos Véase tambiénComité De Derechos Humanos Enlaces externosComité De Derechos HumanosCategoría:Tratados sobre derechos humanosEstadoGinebra (ciudad)Nueva YorkOrganización de las Naciones UnidasPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

🔥 Trending searches on Wiki Español:

Real Madrid Club de FútbolEuskal Herria BilduSplit (película)LloronaCopa del ReyDogman (película de 2023)The Tortured Poets DepartmentTigres de la UANLSegunda División de EspañaMichael DouglasRichard GereBayern de MúnichReal Club Deportivo de La CoruñaAgnosticismoCha Eun-wooCoventry City Football ClubRonaldinhoRodolfo SanchoVladímir PutinValencia Club de FútbolTruman CapoteHardwareMike TysonErnesto PimentelRaoul VázquezAtentado a la AMIAPerúGonzalo Rodríguez GachaUniversidad StanfordDesafío XXBuenos AiresSegunda Guerra MundialEdgar Allan PoeDexterTiempoSabrina CarpenterCopa Libertadores 2024ContinenteMunicipio de Naucalpan de JuárezRobloxRayo Vallecano de MadridAntiguo EgiptoEl problema de los tres cuerposGénero no binarioJunior de BarranquillaXVideosKings LeagueOTANCarlos I de EspañaLiga de Campeones de la UEFARoberto Carlos (cantante)Atentados del 11 de septiembre de 2001DavidDan SchneiderCoach CarterJackie ChanTikTokJosé Luis Martínez-AlmeidaHenry CavillC (lenguaje de programación)Pablo de TarsoShakiraAnne HathawayBitcoinAndriy LuninYo soy Betty, la feaCopa Libertadores de AméricaLiam NeesonGuerra de Yom KipurNumeración romanaJudaísmoCole PalmerPeaky BlindersFeria de AbrilElecciones federales de México de 2024La profecíaTorneo Conde de Godó🡆 More