Administradora De Fondos De Jubilaciones Y Pensiones: Sistema previsional

Las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) fueron empresas (conformadas por capitales privados, estatales o mixtos) dedicadas a administrar los fondos generados con los aportes jubilatorios realizados por los trabajadores que optaron por ser incluidos en el régimen de capitalización individual establecido por la Ley 24.241​ de reforma previsional del año 1993, en Argentina, promulgada durante el gobierno de Carlos Menem.

El sistema de capitalización individual funcionaba en paralelo al sistema estatal de reparto. El objetivo era gradualmente transferir todos los trabajadores al sistema de capitalización individual.​

La AFJP percibía una comisión, deducida del aporte previsional obligatorio de los afiliados, y administraba la inversión del capital acumulado. Su funcionamiento estaba regulado por la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP), bajo la órbita del Ministerio de Trabajo.

En 2007 se realizaron reformas tendientes a aumentar los afiliados en el sistema estatal de reparto, durante la administración de Néstor Kirchner (PJ-FpV). Para 2006, el régimen de reparto contaba con 1,4 millones de miembros, un 19 % del total de aportantes al sistema jubilatorio.​ Una de las reformas permitió a los afiliados de las AFJP pasarse de forma voluntaria al sistema de reparto. El 17,79 % de los afiliados al sistema de capitalización individual decidió pasarse al sistema de reparto​​​​ Además de la transferencia voluntaria, en 2008 el gobierno nacional promulgó la asignación automática al sistema de reparto a todo nuevo trabajador que no optase expresamente por el de capitalización.​

En 2008, el sistema de las AFJP fue eliminado, creándose en su lugar un único régimen estatal de reparto, el Sistema Integrado Previsional Argentino, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (PJ-FpV).​

Antecedentes

Disposiciones constitucionales

El sistema de seguridad social de Argentina encuentra su regulación básica en el tercer párrafo del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, donde se establece que: «El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.»​

Sistema previsional argentino

En 1973 se fijó el haber ordinario en el 70 % del cargo ocupado al cese de actividad, se incorporó un millón de nuevos jubilados y se eliminaron las Contribuciones Patronales. La dictadura militar que gobernó a partir de 1976, impulsó en 1980 una reforma del sistema previsional, que buscó sostener su financiamiento para una población que comenzaba a envejecer sin recambio generacional. Esta transferencia de recursos se concretó a través de la eliminación, en 1980, de las contribuciones patronales y su reemplazo por recursos públicos recaudados a través de la ampliación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), socializando los costos del sistema previsional (Arza, 2009).​ En 1986 el presidente Raúl Alfonsín decreta el «Estado de Emergencia del Sistema Previsional».​

Administradora De Fondos De Jubilaciones Y Pensiones: Antecedentes, Reforma previsional, Funcionamiento del sistema privado 
El presidente Raúl Alfonsín decretó el «Estado de Emergencia del Sistema Previsional».

Reforma previsional

En la década de 1990, el crecimiento de la deuda y las presiones ejercidas por los organismos multilaterales de crédito internacional llevaron a la aplicación de las recetas de ajuste fiscal. Entre ellas el criterio de que la previsión social no debe tener como función la redistribución de ingresos sino basarse en un esquema obligatorio de capitalización individual.​ De este modo, quedaba allanado el camino para la privatización del sistema previsional en la Argentina.​

En 1994 durante la primera presidencia de Carlos Menem (1989-1995), se promulga la ley 24.241 que creó el llamado Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) administrado por empresas privadas (AFJP), sin embargo el trabajador no podía retornar al sistema de reparto estatal.​​ Esto significó una privatización de los servicios sociales, que produjo grandes controversias. Durante su vigencia la ley establecía que no había posibilidad de reajustes, ni carácter de intangibilidad de los depósitos aportados.​

La esperada reducción en el gasto público y la mejora en la rentabilidad de los planes de pensiones no se cumplieron. Al continuar pagando las jubilaciones vigentes pero ya sin contar con los recursos provenientes de las cotizaciones, la transición implicó un costo fiscal insostenible, que devino incluso en el irónico endeudamiento del Estado con los propios fondos de pensión. Por otro lado, la prestación previsional en el nuevo sistema correspondía solo parcialmente a las AFJP, que capitalizaban el aporte del trabajador. El Estado debía complementar dichos aportes, pero seguía sin resolver uno de los problemas originarios que había llevado a que el sistema jubilatorio deviniera una carga fiscal: recuperar los aportes patronales (de los empleadores) para el financiamiento de la seguridad social. Por otra parte, el Estado debía responder por los problemas de cobertura del sistema privado, así como por la insuficiencia de los ahorros capitalizados. Esto último era un punto particularmente preocupante, teniendo en cuenta que en torno al 30 % del aporte de los trabajadores no era destinado a sus cuentas individuales, sino al pago de las comisiones de las AFJP.​​​

Empresas constituidas

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Publicidad de una AFJP en la calle Florida, Buenos Aires, 1994. El mercado de las AFJP se caracterizó por una fuerte competencia publicitaria y de promoción,​ sobre todo durante los primeros años.

De acuerdo con el diario La Nación, de las diez AFJP existentes, cuatro eran propiedad de bancos, dos de compañías de seguros. Según el diario Perfil, la siguiente sería la nómina de las AFJP que existieron y sus respectivos accionistas:​ De las 26 compañías que comenzaron a operar en 1994, en 2008 quedaban solo 10. Con una tendencia a la oligopolización del mercado, que se opone a los presuntos incentivos para reducir costos y mejorar los servicios.​

  • Arauca Bit: Grupo OSDE (99,9 %) y Urgencias Médicas de Rosario (0,1 %)
  • Consolidar: Grupo BBVA (100 %)
  • Futura: Federación Argentina de Luz y Fuerza, Sindicato del Seguro (3,54 %), Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias (3,54 %) y Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) (2,69 %)
  • Máxima: New York Life International (39,99 %), HSBC Argentina Holdings (39,92 %), HSBC Chacabuco Inversiones Argentina (20,07 %) y Oscar A. Ataide (0,01 %)
  • Met: MetLife Inc. (100 %)
  • Nación: Banco de la Nación Argentina (99,99 %) y Fundación Banco de la Nación Argentina (0,01 %)
  • Orígenes: ING Latin American Holdings B.V. (70 %) e ING Insurance International (30 %)
  • Previsol: Grupo Previsional Cooperativo Diacronos S.A. (70,16 %) y CNP Assurances (29,84 %)
  • Profesión + Auge: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (50,02 %), Mutual del Fondo Compensador para Jubilaciones y Pensiones del Personal Civil de la Fuerza Aérea (13,56 %), Mutual Fondo Compensador Personal Civil del Ejército (13,56 %), Fundación Fondo Compensador Móvil (11,58 %), Banco Supervielle (5,97 %), Provincia de San Luis (4,35 %), Caja de Seguridad Social del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta (0,68 %) (y siete otros que totalizan 0.25 %)
  • Unidos: Emprendimiento Compartido (92,87 %), ProBenefit (3,59 %), Asociación Mutual Personal Sancor (1,63 %), Federación de Cooperativas Agropecuarias (0,65 %), Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera (0,65 %) y Club Atlético de Rafaela (0,65 %)

Las AFJP eran fiscalizadas por la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (dependiente del Ministerio de Trabajo), encargado de hacer cumplir las leyes aplicadas a los aportes jubilatorios y pensiones.​ este organismo fue denunciado por favorecer a las AFJP a través de la condonación de millonarias multas.​ El primero y más grave de los problemas fue que los economistas que impulsaron la reforma no previeron la transición entre los dos sistemas. Cuando se hicieron los estudios preliminares estaba claro que iba a haber un desfinanciamiento, que se estimó en 100 000 millones de dólares o pesos. Uno de los ejes del estallido de la deuda fue no haber previsto recursos; el Estado tuvo que endeudarse y lo hizo por el mecanismo de colocar bonos en las AFJP con tasas de interés altas para la época.​

Mecanismos de aporte y comisiones

El trabajador que optara por las AFJP debía aportar compulsivamente un porcentaje de su salario (que varió entre el 11 y el 7 %). Las AFJP actuaban como administradoras financieras.​ y cada una fijaba las comisiones que se le descontaban al trabajador sobre dicho aporte, en concepto de costo de seguro de vida y de gastos administrativos. Las comisiones reducían el aporte del trabajador que finalmente era capitalizado en un porcentaje en torno al 30 %, alcanzando en algunos momentos hasta un 54 % del aporte mensual del trabajador, dependiendo de la AFJP y el monto del aporte (ya que una parte de la comisión podía establecerse como un cargo fijo, y no porcentual).​ Las AFJP se apropiaron de unos 10 000 millones de dólares en comisiones, mientras otros 35 000 millones se repartieron en concepto de utilidades de empresas beneficiadas con las rebajas de aportes patronales.​

Funcionamiento del sistema privado

La importante merma de ingresos públicos fue en parte una de las causas de la crisis económica que se desencadenó en el país a fines de la década de 1990 hasta el año 2001. Para hacer frente al creciente déficit público, el Estado nacional tomaba deuda, de la que las acreedoras más importantes eran las propias AFJP, dándose la paradójica situación de que un monto de dinero que antes administraba directamente el Estado ahora era utilizado por empresas privadas para ganar intereses financiando al mismo Estado. Tras la aparición de las AFJP, se dio una transferencia de recursos al sector privado, que generó una merma en los ingresos públicos, que debía ser cubierta de alguna manera. Paradójicamente, el Gobierno solicitó gran cantidad de préstamos a las propias AFJP, aunque a cambio de ese dinero, ahora el Estado debía pagar tasas de interés.​

Respecto a las comisiones cobradas por las AFJP, su monto desde 1994 asciende a 19 000 millones de pesos corrientes, que equivalen a 37 mil millones de pesos a valor de hoy, y al 31,5 % de la recaudación. Medida en dólares nos encontramos que las AFJP embolsaron 12 000 millones de dólares por este concepto, en sus 14 años de existencia. Lo cual representa casi la mitad del fondo existente a la fecha expresado en dólares, US$27 000 millones.​

Entre el año 2002 y el año 2008, debido a los recurrentes problemas del régimen privado se estudiaron diversos proyectos para modificar el sistema, ya sea volviendo al anterior «sistema de reparto» estatal o implementando un sistema mixto. Sin embargo, en 2007, solo se modificó la posibilidad de que quienes ingresan en la vida laboral puedan optar ingresar al sistema público de reparto, no debiendo estar obligados a aportar a una AFJP.​ Al asumir Felisa Miceli el Ministerio de Economía a fines de 2005, expresó que uno de sus objetivos era revisar el sistema de las AFJP, al que veía como un fracaso.​

Durante la administración privada de las AFJP se dieron situaciones irregulares en el manejo de los fondos de los afiliados, destacándose casos donde diferentes empresas tomaron los fondos de las jubilaciones para cancelar deudas propias. Esta maniobra fue denunciada a la justicia por la Unidad de Información Financiera (UIF), la justicia ratificó que hubo una estrategia financiera pergeñada por el directorio de la compañía a fines de 2006, cuyo objetivo fue usar los fondos de los jubilados depositados en las AFJP para subsanar la crítica situación económica que atravesaba la empresa. Los balances de 2005 demuestran que tenía pérdidas acumuladas por $1303 millones; un pasivo corriente (deudas a corto plazo) de $3345 millones; un quebranto impositivo de $200 millones.​

En cuanto a la supuesta competencia que se iba a producir entre las AFJP, de las 26 compañías que comenzaron a operar en 1994, en 2008 quedaban solamente 10. Con una tendencia a la oligopolización del mercado, las AFJP se apropiaron vía comisiones, en promedio, de un tercio de los montos recaudados.​

Decadencia de las AFJP

Crisis del sistema privado

Con la pesificación de los ahorros en el año 2002, el valor en dólares de los fondos se redujo a menos de la mitad. A tan solo 8 años de la reforma previsional impulsada por Domingo Cavallo ministro de economía de Carlos Menem, el debate sobre una nueva reforma volvía al centro de la escena.​ En poco tiempo, el sistema privado se hizo insostenible, considerando los datos de aquellos que efectivamente realizaban aportes, se observa que a enero de 2007 se contabilizaban 4 669 469 en enero del 2007 y una disminución a mediados del 2008 de 3 600 007, o sea 1 069 462 menos.​

La debacle del sistema privado fue total con el advenimiento de la crisis de las hipotecas subprime en el año 2007, cuando las AFJP llegaron a perder todo lo capitalizado en el año.​ Esto se sumó a una profunda crisis de confianza por la que a las empresas se les hacía cada vez más difícil conquistar nuevos afiliados para el sistema,​ y a una orden de repatriar fondos por 8.000 millones de pesos que habían invertido de manera irregular en el extranjero.​ Esta secuencia de reveses hundió a las AFJP en una crisis que culminaría con la estatización de los fondos que administraban.​

El 22 de octubre de 2008, el de titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social (UFISES), el fiscal Guillermo Marijuán, presentó una denuncia ante el juez federal Claudio Bonadío en la acusaba a diez entidades AFJP de «administración fraudulenta a raíz de la presunta liquidación de bonos del Estado».​ La supuesta maniobra de las AFJP consistía en desprenderse de los títulos de deuda pública y obtener dólares, a través de la venta a bajo precio de bonos públicos, por un total de 140 millones de dólares. Esto habría producido, según las investigaciones del fiscal, una dilapidación de los fondos de los jubilados, la obtención de dinero en efectivo por parte de las AFJP y el alza de la moneda estadounidense.​ A raíz de esta presentación, el juez Claudio Bonadío prohibió a las AFJP operar por siete días, dictando orden de «no innovar» hasta que se aclarara esta situación.​​​

A pesar de las promesas de que la privatización de las pensiones aliviaría la carga del Estado, debido a que el dinero en las AFJP se había evaporado, el Estado tenía que pagar a unas 33 000 personas la totalidad de su jubilación, a 220 000 personas al menos la mitad de la jubilación y a otras 100 000 una fracción de su jubilación. Solo el 23 % (103 000 jubilados) cobró enteramente sus haberes de las AFJP.​​​

Reestatización del sistema

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La presidenta Cristina Fernández de Kirchner junto a Amado Boudou, el entonces titular de ANSES y luego vicepresidente de la Nación
Con la renegociación incompleta de la deuda externa e interna el sistema privado perdió confianza en el año 2007, cuando las AFJP llegaron a perder todo lo capitalizado en el año.​

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner junto a Amado Boudou, el entonces titular de ANSES el 21 de octubre de 2008 anuncian que enviaban un proyecto al Congreso para poner fin al sistema de AFJP y organizar un nuevo sistema de reparto estatal de jubilaciones y pensiones.​

Un día después del envío al Congreso del proyecto de reestatización de los fondos, el titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social (UFISES), el fiscal Guillermo Marijuán, presentó una denuncia ante el juez federal Claudio Bonadío en la que acusaba a diez entidades AFJP de «administración fraudulenta a raíz de la presunta liquidación de bonos del Estado».​ La supuesta maniobra de las AFJP consistía en desprenderse de los títulos de deuda pública y obtener dólares, ante la inminente estatización de los fondos que administraban. La operación habría consistido en la venta a bajo precio de bonos públicos, por un total de 140 millones de dólares. Esto habría producido, según la sospecha del fiscal, una dilapidación de los fondos de los jubilados, la obtención de dinero en efectivo por parte de las AFJP y el alza de la moneda estadounidense.​ A raíz de esta presentación, el juez Claudio Bonadío prohibió a las AFJP operar por siete días, dictando orden de «no innovar» hasta que se aclarara esta situación, ordenando varias investigaciones en relación con el posible ilícito.​​​

El proyecto de ley fue enviado para su apreciación en Diputados, siendo aprobado por esta cámara el 7 de noviembre de 2008, con 162 votos afirmativos y 75 negativos.​​. La UCR, el PRO y la Coalición Cívica se opusieron a la iniciativa mientras que el frente amplio progresista, el partido justicialista, el partido socialista y los bloques provinciales apoyaron el proyecto.​​

Tras su aprobación en Diputados, el proyecto pasó al Senado, donde se sometió a votación el 19 de noviembre, siendo sancionado por una amplia mayoría de 46 votos afirmativos, 18 negativos y una abstención.​ Con esta sanción por parte de Senado, el proyecto se convertía entonces en la Ley 26.425, que estatizaba el sistema previsional y ponía fin a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP). Esta Ley entró en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina el 9 de diciembre de 2008.​

Evolución del modelo de AFJP en Latinoamérica

En 2004, un informe del Banco Mundial alertaba sobre el fracaso de la reforma previsional impulsada en toda América Latina por el Fondo Monetario Internacional (FMI) durante la década de 1990,​ siguiendo el modelo de jubilaciones privadas impuesto por la dictadura militar del general Augusto Pinochet en Chile en 1980.​ De acuerdo con este informe, la privatización del sistema no ofrece los beneficios que se prometían a los afiliados. Entre las causas se mencionan las «excesivas comisiones» cobradas por las AFP, que se han mantenido desde los primeros años, así como la formación de oligopolios.​

Al igual que en la Argentina, en numerosos países latinoamericanos se impusieron políticas económicas recomendadas por el Fondo Monetario Internacional, que impulsaron la privatización de los fondos de pensiones. Este modelo presentó varios problemas entre ellos los inconvenientes de ser vulnerables a la inestabilidad cíclica del capitalismo financiero y las variaciones de los mercados mundiales, en las que se pueden obtenerse grandes beneficios o cosechar importantes pérdidas que podrían poner en riesgo los ahorros de jubilados y pensionados que no cuentan con otro ingreso para subsistir. Se ha verificado además, que en los casos de Chile y de Nicaragua, que con la privatización de los fondos no se logró aumentar la cobertura de la seguridad social, premisa fundamental de la defensa de los sistemas privados sobre los estatales.​ En Bolivia, debido a la descapitalización de los fondos privados y sus múltiples atrasos en el pago de jubilaciones, desde el 10 de diciembre de 2010 se inició el retorno de la administración de los fondos de pensiones al Estado.​

En Latinoamérica, la privatización de los sistemas públicos de pensiones arrancó en Chile con la creación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en 1980, durante la dictadura de Augusto Pinochet, eliminando los sistemas de reparto estatales a través de aseguradoras estatales de pensión.​​​ De acuerdo a un estudio de noviembre de 2013 del Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo (CENDA) y liderado por el economista Manuel Riesco, los trabajadores chilenos en 2012 cotizaron a las AFP más del doble (4,3 billones de pesos) que las pensiones finalmente pagadas (2,1 billones) y adicionalmente el Estado entrega 1,4 billones en subsidios a las AFP, equivalente a dos tercios de las jubilaciones. Es decir, aproximadamente de cada 3 pesos ingresados a las AFP privadas, por cotizaciones y subsidios, solo sale uno (37 %) para pagar jubilaciones y pensiones.​​ la caída de rentabilidades accionarias mundial debido a la crisis de las hipotecas subprime de Estados Unidos provocó serios daños al sistema, para compensarlo el 16 de junio de 2014 la presidenta Michelle Bachelet firmó proyecto para la creación de una AFP estatal.

Véase también

Referencias

Bibliografía

  • Grisolía, Julio Armando. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Buenos Aires, 2001, Depalma.

Enlaces externos

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